Vecinos conflictivos

En muchas comunidades aparece tarde o temprano la misma situación: un propietario considera que tiene un vecino conflictivo y espera que la comunidad o el administrador intervengan.

Sin embargo, no toda mala convivencia entre vecinos justifica una actuación comunitaria. Para que la comunidad pueda intervenir, es necesario que el problema trascienda el ámbito privado y afecte realmente al conjunto de propietarios o al funcionamiento normal de la finca.

Saber distinguir ambas situaciones es fundamental para actuar correctamente. De hecho, como explicamos en nuestro artículo sobre ruidos en comunidades de vecinos y cuándo puede intervenir el administrador, no toda molestia o conflicto permite una actuación por parte de la comunidad.

Cuándo estamos ante un conflicto privado entre vecinos

En la práctica, muchos de los conflictos que llegan a una administración de fincas son estrictamente personales. Hablamos de discusiones entre vecinos, malas relaciones de convivencia, molestias puntuales, desacuerdos sobre comportamientos cotidianos o enfrentamientos derivados de situaciones personales previas.

En estos casos, aunque la relación sea tensa, la comunidad no puede intervenir, ya que se trata de cuestiones privadas entre particulares.

El administrador tampoco puede hacerlo, porque sus facultades se limitan al ámbito comunitario y no a la gestión de conflictos personales entre vecinos.

Cuándo pasa a ser un problema de la comunidad

La situación cambia cuando la conducta de un vecino afecta objetivamente al interés general de la comunidad.

Esto ocurre, por ejemplo, cuando el comportamiento afecta a varios vecinos, existe reiteración en el tiempo, se incumple el reglamento de régimen interno, se hace un uso indebido de zonas comunes o se generan molestias continuadas que alteran de forma clara la convivencia.

En estos supuestos, el problema deja de ser estrictamente privado y puede justificar una actuación comunitaria.

Qué papel tiene el administrador en estos casos

El administrador de fincas no decide quién tiene razón en un conflicto vecinal ni actúa como árbitro entre particulares.

Su función consiste en analizar si el problema tiene relevancia comunitaria, asesorar a la comunidad sobre si puede actuar o no, explicar qué vías son viables según la normativa y garantizar que cualquier actuación comunitaria se realice correctamente.

En muchas ocasiones, el principal valor del administrador está precisamente en explicar a la comunidad cuándo no procede intervenir y cuándo sí existen motivos suficientes para hacerlo dentro del marco comunitario.

Errores habituales en estos casos

Un error frecuente es intentar que la comunidad intervenga en cualquier conflicto personal entre vecinos. También es habitual señalar públicamente a un propietario sin base suficiente, llevar a junta conflictos puramente privados o adoptar acuerdos sin respaldo legal.

No todo vecino conflictivo es un problema de la comunidad. Para que la comunidad pueda intervenir, debe existir una afectación real a la convivencia general o al funcionamiento normal de la finca.

En Finques Hereu estamos habituados a ayudar a comunidades de L’Hospitalet a valorar cada situación con criterio y a actuar solo cuando realmente corresponde, siempre dentro del marco que permite la normativa y las facultades de la propia comunidad.

 

Pau Hereu

Administrador de Fincas, API y Mediador de seguros, con más 15 años de experiencia en el sector inmobiliario.

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